La Direcció General de Salut Pública i Adiccións, acaba de publicar un Plan Sanitario para las Celebraciones Populares y Recomendaciones.
Puedes DESCARGAR AQUÍ el Plan Sanitario para las Celebraciones Populares; Normas y Recomendaciones
Atención especial a las páginas 3 a 6 en las que se trata expresamente de las recomendaciones dadas para la celebración de Fiestas de Moros y Cristianos, incluidas en el Plan Sanitario para las Celebraciones Populares.
Resumimos los principales puntos que deberán cumplirse para la celebración de actos festeros;
- Será obligatorio el nombramiento de un Coordinador COVID-19 por parte de cada organización
- El uso de las zonas de actividad se restringirá a los festeros y festeras y se reducirán las visitas en la medida de lo posible
- Recomendación de realizar las actividades al aire libre. Caso de hacer uso de carpas, que sea sin laterales, solo techado, de forma que se garantice una correcta ventilación
- Será necesaria la inscripción previa de todos los participantes en cualquier actividad
Para Comidas, Cenas, Almuerzos
- Preferentemente al aire libre, o mediante carpas sin laterales o calles acotadas, previa concesión del permiso municipal
- En todo caso, respetando la normativa vigente específica de hostelería en el momento de la celebración, respetando el número máximo de comensales, distancia entre mesas, etc
- Se establecerán grupos estables entre mesas, para que siempre se sienten las mismas personas
- No se permite el uso de la barra para consumir
- Se respetará el horario establecido para hostelería y restauración.
Entradas, Dianas, Actos de Arcabucería, ofrendas y otros desfiles
- Distanciamiento social y uso de mascarillas
- 1,5 m entre participantes
- Las filás serán de 4-5 componentes adultos (siempre que el ancho de la calle permita la distancia de 1,5 m)
- 5 componentes infantiles, como máximo y en función de si lo permite el ancho de la calle
- Uso obligatorio de la mascarilla, tanto para participantes como público. Los niños menores de 6 años estarán exentos.
- Se tratará reducir al máximo la asistencia de público, dando amplia cobertura de los eventos en TV, etc
- Los músicos se situarán al menos a 2 metros de los festeros y también entre ellos se separarán a 2 metros.
- Los puntos de reunión previos al acto y horario de desfile estarán predeterminados y transmitidos a todos los responsables de la organización, en evitación de aglomeraciones.
Embajadas
- Se realizarán estableciendo butacas o asientos preasignados, manteniendo un asiento de distancia en la misma fila, cumpliendo con la distancia mínima interpersonal de 1,5 m
- Se recomienda que se realice al aire libre, o espacios que garanticen la ventilación y respetando las distancias entre personas de al menos 2 metros entre el público y participantes.
Actividades Infantiles
- Se desarrollarán según la normativa sanitaria sobre ocio y tiempo libre o actividades de
animación sociocultural vigentes.
Actos pirotécnicos
- Se desarrollarán según protocolo vigente
(https://coronavirus.san.gva.es/documents/469630/1229807/%5BCAS%5D+ProtocoloEspectac
ulosPirotecnicos_firmado.pdf/54885f60-e006-d3a0-676c-6f64d1c7452b?t=1629896070846)
- La mascarilla debe usarse en todo momento, aunque sea al aire libre, y guardando siempre la distancia de seguridad.
- El aforo del espacio público donde se desarrollará el acto pirotécnico se calculará dividiendo la superficie útil (descontando el espacio ocupado por mobiliario urbano, etc.) por 2,25 m2.
- Hay que tomar medidas para evitar que se produzcan aglomeraciones y que la asistencia de público no excede la capacidad del espacio delimitando la zona donde se ubicará el público y
controlando los accesos.
Elaboración y suministro de alimentos por empresas externas
- Se podrá cocinar cumpliendo las medidas higiénicas y de seguridad alimentaria habituales y siempre que se disponga de permiso de ocupación por parte del ayuntamiento.
- Se deberán implantar medidas que permitan mantener las distancias en las colas a los puestos de comida ambulante.
- La prestación de servicios de hostelería y restauración por una empresa externa implica el cumplimiento por parte de esta de la normativa de seguridad alimentaria en todos sus aspectos
Actividades en cabilas, cuartelillos o sedes festeras.
- Se podrán realizar siguiendo la normativa sanitaria vigente en lo que se refiere a medidas relativas a actividades festeras tradicionales situadas en los municipios de la Comunitat
Valenciana en las sedes festeras reguladas en el Decreto 28/2011, del Consell. - Si se realizan actividades análogas a las de hostelería y restauración, se estará a lo dispuesto en la normativa sanitaria vigente.
Cálculo de aforo
- De no ser aplicable una norma técnica concreta o no estar determinado el aforo máximo en la licencia municipal correspondiente al tipo de local o espacio, la medida de superficie para determinar un aforo que asegure una distancia interpersonal de 1,5 m lineales son 2,25 m2 de espacio útil por persona, a lo que se aplicará el porcentaje de reducción del aforo que corresponda según la normativa sanitaria vigente.
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